por Edel López Olán

Trabajar dignamente es un derecho universal, y encontrar los medios para que una persona encuentre ese equilibrio entre lo laboral y lo personal se ha convertido en una materia pendiente en muchas latitudes del planeta. En México, la certidumbre laboral es prácticamente una preocupación más desde que los estudiantes ingresan a la educación superior; la falta de empleo, las pocas certidumbres laborales y una inestable economía, han empujado a decenas de jóvenes a decidir entre lo que realmente quieren estudiar y lo que deben estudiar para poder subsistir dignamente en un país donde la delgada línea entre la clase media y la pobreza es imperceptible.

Un trabajo digno siempre proporcionará al individuo de muchos factores sociales que derivarán en igualdad ante sus semejantes y por qué no, una protección laboral que permita al individuo vivir en condiciones básicas decentes.

En México, el artículo 123 dice:

“Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley.”

Y al calce de esta introducción, el artículo enumera entre incisos absolutamente todas las situaciones de ley, derechos y obligaciones que crean, en teoría, las condiciones para qué un individuo y sus patrones cumplan la ley para beneficio de todos.

México y el “rezago” laboral

En el 2016, el Centro de Estudios Económicos del Sector Privado (CEESP) aseguró que una de las mayores necesidades que tiene el país es la creación de mayores puestos de trabajo y bien remunerados, también mejorar los niveles de confianza del consumidor y del sector empresarial en el país revisando de forma concreta, las propuestas fiscales entre las empresas, fortalecer las reformas estructurales y mejorar la inversión que promuevan el impulso de la actividad productiva.

México es un país en constante crecimiento, y a pesar de que existen muchos factores que pueden hacer creer al mexicano que no tiene o no existe una verdadera ocupación laboral, a partir de septiembre del 2018, la tasa de desocupación en el país disminuyó considerablemente desde septiembre del 2014 con una tasa de desocupación del 3.8% hasta la menor tasa de desocupación en mayo del 2018 con 3.2%, incrementándose hasta el 3.6% que se maneja en Marzo del 2019. (Cifras INEGI), donde, en el cuarto trimestre del 2018,  la población económicamente activa supera los 53 millones mexicanos, por lo tanto, en México, existe una correlación positiva constante entre el aumento de la población económicamente activa y la disminución de las tasas de desocupación del país, por lo tanto, el rezago laboral en el país se convierte en una ilusión óptica de escalas interesantes, cuando, entre otras cosas, existe un crecimiento continuo de la ocupación informal y una nula aplicación de la ley que permite, entre otras cosas, dar ese equilibrio entre la economía del país y la creación de empleos.

La OCDE señala que a pesar de que en México existe una fuerte destrucción de empleos por la automatización y los cambios tecnológicos, es improbable que en 2019 exista una disminución en el empleo en nuestro país,  en general, la cantidad de puestos de trabajo van a la alza y aunque algunos podrían desaparecer, otros más surgirán como parte de las necesidades y condiciones del país. La mayor preocupación deberá centrarse en los próximos años en intentar controlar los desequilibrios en los mercados laborales, así como dar certidumbre laboral en el creciente número de empleos atípicos donde las oportunidades de capacitación y protección al trabajador se ven limitadas por una nula representación colectiva y la cual, serán los puntos clave a reconocer en las nuevas pretensiones que se tienen en la reforma laboral y sus diferentes vertientes.

Sindicalismo en México.

Cómo todo o la mayoría de lo que sucede en México, las condiciones bajo la ley deben ser vistas con mucho escrutinio para así poder tener un balance entre el empleador y el empleado. Desde siempre, la inequidad que existe al momento de proteger al trabajador, ha derivado en incontables luchas que intentan, desde la trinchera, coadyuvar a que las condiciones laborales en todo el país cambien, sea cual sea su salario o condición dentro de la empresa.

El sindicalismo en México ha sido un lastre con más de 100 años de existencia. Las luchas laborales que derivaron en 1917 en el reconocimiento a nivel constitucional de los trabajadores, fueron también el parteaguas para crear mayores condiciones para que, desde los sindicatos, se pudieran tener menos derechos y mayor control sobre los trabajadores, así, como todos los entramados políticos y de control que ejercen en presión los mayores sindicatos del país para “ayudar” al partido en el poder a erigirse como esa única fuerza capaz de negociar o no con las grandes esferas políticas del país.

El sindicalismo mexicano se ha caracterizado por dos fenómenos paralelos. En primer lugar, el sindicalismo charro tradicional ha completado su transición a un sindicalismo de protección. Los sindicatos charros no existen más que en membrete. Hace tiempo que dejaron de ser el núcleo de las “fuerzas vivas” del PRI, las columnas que matraca en mano daban color y tono a las concentraciones del partido. Ahora, una minúscula gerontocracia regentea contratos colectivos de trabajo a través de sindicatos fantasma, extorsionando a empleadores que así se evitan tener que lidiar con sindicatos y negociaciones de verdad, y negándose a los trabajadores los beneficios de una representación sindical auténtica.

El nuevo modelo de Reforma Laboral, según lo dicho por el gobierno en turno, centra la mayoría de sus puntos en una protección negada a los trabajadores lo que supone un cambio estructural que no se había dado en los últimos 70 años, donde la desaparición de las juntas de conciliación y arbitraje (estipuladas desde 1917), la creación de reglas para el trabajo doméstico y las diferentes disposiciones del trabajador y el patrón, son, entre otras cosas, los reales cambios que la reforma traerá consigo para los próximos años.

Regresarle el poder al trabajador sobre el sindicato, será uno de los primeros muros que tendrá que romper esta reforma laboral que contempla, entre otras cosas, la libre afiliación como parte fundamental para la democratización del sindicalismo en México, dando, en una papa caliente muy peligrosa, el control a los trabajadores que podrán, ahora elegir a sus dirigentes fuera del charrismo sindical y sus aberraciones constantes. Crear una democratización en un país que evidentemente desconoce la democracia, es un ejercicio complicado que sin lugar a dudas fue el trueque de Andrés Manuel ante los grandes sindicatos, como el CNTE, que hoy se ve legítimamente amenazado por líderes de alta escala y poca moral como la misma Elba Esther Gordillo.

Sí, la reforma laboral se entiende como un gran paso para el trabajador como parte fundamental de su lucha para mejorar sus condiciones y controlar sus derechos laborales, sin embargo, aún queda un largo camino para concretar, de ser así, la revisión de los contratos colectivos de trabajo (en un plazo de cuatro años) en los cuales, se destaparan muchas cloacas, favores políticos y por qué no decirlo, intereses relevantes de grandes empresarios que pueden, según la ley, no permitir que muchos de sus intereses sean tocados.

El patrón y su desprotección.

Uno de los principales puntos establecidos en la nueva reforma laboral se centra en el papel del patrón como mediador per sé entre los sindicatos y los empleados de cada una de las empresas. Los dueños de las empresas ven con decoro la nueva reforma laboral porque, al centrarse tanto en los derechos de los trabajadores, dejan de lado el probable impacto que se tenga al poder adquisitivo de la empresa que ve, en los aumentos al salario mínimo por ejemplo, un golpe fulminante a las pretensiones de crecimiento económico de muchas empresas del país.

La concentración de funciones de las extintas juntas de conciliación y arbitraje y las diferentes funciones administrativas que dentro de su estructura tendrán los mismos sindicatos, se convertirán en un trámite engorroso para los empleados que poco entienden de las politiquerías en la cual se convertirán los sindicatos.

El patrón se encuentra fuera de la jugada, los cambios relativos y los constantes sesgos administrativos de la reforma, enfrentarán a los mismos empleados a un esquema burocrático más allá de su carga laboral que impactará en el entredicho, las condiciones administrativas de la empresa y sus ganancias.

Poder Judicial: Más con menos

Uno de los principales puntos que existen dentro de la reforma, es la destrucción de las juntas de conciliación y arbitraje. Todos los casos referentes a los trabajadores pasarán a formar parte de los poderes judiciales locales que aún no cuentan con la estructura adecuada ni siquiera, para las situaciones fuera de esta reforma.

El poder judicial de nuevo sigue haciendo más con menos, por ejemplo, de 10 asuntos laborales, 7 podrían llegar a ser parte del fuero común, algo que, de entrada, superaría la infraestructura del propio sistema, que, ante los recortes presupuestales y políticas de austeridad, se encontrarán lejos de ser una solución  y si un lastre para la resolución de conflictos.

Para empezar se deben crear los Centros de Conciliación de las entidades federativas y el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, así como los juzgados laborales con todo lo que ello implica no sólo en materia de recursos humanos, sino en cuestión de infraestructura, si de verdad se quiere cambiar el gran problema que se generó con el abandono de las Juntas Locales y la Federal de Conciliación y Arbitraje y que devino en el panorama que ahora se pretende mejorar con este cambio, es lo primero que se debió prever en la tan sonada reforma.

En los artículos 48 y 49 de la ley, se prevén sanciones para abogados litigantes o representantes que promuevan acciones, excepciones, incidentes, diligencias con la finalidad de prolongar la sustanciación de un juicio, por lo tanto, los representantes del poder Judicial que se encuentren en los nuevos centros federales de conciliación y registro laboral serán presas no solo de la burocracia existente en la nueva reforma, sino que también, de ser necesario, se encontraran presas de la lamentable poca planeación de los recursos establecidos por la reforma.

Temec: ¿la gran presión?

Una de las grandes banderas de la campaña de Andrés Manuel López Obrador, fue el servilismo mexicano ante el vecino del norte. Ahí, en el pleno de las negociaciones entre su voz y sus votantes, el hoy presidente de la república estableció que los intereses de unos pocos no iban por encima de los intereses de trabajadores y empresarios mexicanos, algo, que, en campaña, sonaba muy fácil.

Los gobiernos involucrados en el Tratado de Libre Comercio hoy TEMEC, lograron un acuerdo en las renegociaciones generando acuerdos comerciales entre los tres países, donde, sin lugar a dudas, el anexo 23 A del mismo ha sido el más polémico de todos. De acuerdo al anexo, México debía mantener diversas disposiciones legales señaladas en el documento tales como:

  1. Una autoridad independiente para la conciliación y registro de los contratos colectivos. Las cuales tendrán la autoridad y podrán ser recurridas en tribunales independientes y los funcionarios que las retrasen, deberán ser sancionados de acuerdo a la Ley federal del trabajo vigente y la ley de responsabilidades administrativas.
  2. Tribunales independientes para la resolución de conflictos.
  3. Sistemas efectivos y democráticos de líderes sindicales.
  4. Establecer procedimientos de titularidad y resolución por tribunales del voto de los trabajadores.
  5. Verificar los contratos colectivos de trabajo
  6. Establecer en la legislación el contrato colectivo de trabajo negociado, así como los documentos internos del sindicato disponible para todos los trabajadores.

Mismas disposiciones, todas, las establecidas en la Reforma Laboral.

Con base en estas disposiciones y las visitas de los representantes de la secretaría del trabajo de ambos países, así como la presión de Estados Unidos de que sí se movía un solo punto del Anexo 23 del TMEC, no habría acuerdo, por lo tanto,  la presidencia aceleró los pasos para encontrar una Reforma a modo de las condiciones americanas para el TMec y así, poder cerrar uno de los grandes tratos para la administración de López Obrador que sigue, de forma desafortunada, aprobando situaciones con mucha forma pero poco fondo en un país de inquebrantables diferencias.

Si bien la Reforma laboral tiene muchos puntos a favor de los empleados, los mexicanos y trabajadores deben tener en cuenta que esto no es una victoria al 100%. Los sindicatos, fiel a su compromiso interno más allá de estructuras en pro de los trabajadores, deberán sanearse de las anquilosadas y terribles prácticas sindicalistas mexicanas que hoy tendrán no solo el control de los trabajadores, sino que contarán con las estructuras legales y sistémicas para poder contener de mayor forma a los trabajadores que siguen navegando en un mar de dudas en un interesante cambio atractivo a la vista pero oscuro en la interpretación.

Hoy, México de nuevo se encuentra en esa incesante encrucijada entre lo real y lo utópico, donde, el claroscuro de una reforma laboral sigue manifestando que más allá de los intereses nacionales, están los intereses de unos cuantos sobre el país.

Hasta la próxima.

Referencias:

  1. https://blog.oxfamintermon.org/sabes-que-es-un-trabajo-digno/
  2. http://www.ordenjuridico.gob.mx/Constitucion/articulos/123.pdf
  3. https://idconline.mx/laboral/2015/10/23/mxico-con-rezago-laboral
  4. https://www.inegi.org.mx/temas/empleo/
  5. https://www.oecd.org/mexico/Employment-Outlook-Mexico-ES.pdf
  6. https://horizontal.mx/mundos-del-trabajo-sindicalismo-en-mexico-cien-anos-sin-libertad/
  7. https://www.eluniversal.com.mx/articulo/miguel-carbonell/nacion/las-claves-de-la-reforma-laboral
  8. https://actualidad.rt.com/opinion/javier-buenrostro/313810-reforma-laboral-mexicana-nuevo-modelo
  9. https://www.debate.com.mx/politica/Visualizan-una-reforma-laboral-complicada-para-sector-patronal-20190506-0109.html
  10. https://sipse.com/novedades-yucatan/columna-maria-fernanda-matus-via-legal-331778.html
  11. https://dlvmr.com.mx/2018/10/17/anexo-23-a-del-acuerdo-entre-los-estados-unidos-mexico-y-canada/
  12. https://www.elfinanciero.com.mx/opinion/jorge-g-castaneda/el-t-mec-y-la-reforma-laboral

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Novelista y cuentista mexicano.